Ley Nº 18.601  
  de 21 de setiembre de 2009  
     
  Apruébase la Rendición de Cuentas
y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al ejercicio 2008
 
     


Artículo 1°.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2008, con un resultado deficitario de:

A) $ 11.339.669.000 (once mil trescientos treinta y nueve millones seiscientos sesenta y nueve mil pesos uruguayos) correspondiente a la ejecución presupuestaria.

B) $ 29.180.994.000 (veintinueve mil ciento ochenta millones novecientos noventa y cuatro mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales.

Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman parte de la misma.

Artículo 2°.- Las publicaciones que la Corte Electoral deba realizar en el Diario Oficial en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales serán gratuitas.

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